606, 607 e ITBIS
Cómo hacer el 606, paso a paso
Por Trinitaria Digital · 4 de julio de 2026 · Lectura de 8 minutos
Si usted tiene un negocio formalizado en República Dominicana, la 606 es esa cita mensual que no perdona: el reporte de todas sus compras y gastos con comprobante fiscal que la DGII espera recibir cada mes. Bien hecha, es la base para deducir su ITBIS y sus gastos. Mal hecha, es un rechazo en la Oficina Virtual — casi siempre por un dígito.
Aquí le explicamos qué es exactamente, quién debe enviarla, cómo se estructura campo por campo, cuáles errores la hacen rebotar y cómo remitirla. Y al final, la alternativa: que se genere sola.
¿Qué es el Formato 606?
El Formato 606 (Compras de Bienes y Servicios) es el reporte con el que usted informa a la DGII, mes por mes, cada compra o gasto con comprobante fiscal: a quién le compró, con qué NCF, cuándo, por cuánto y con cuánto ITBIS. Es el espejo de la 607 (que reporta sus ventas) y alimenta directamente sus declaraciones: el ITBIS que usted deduce en el IT-1 y los gastos que sustentan su declaración de renta salen de aquí.
Por eso el principio de oro: en la 606 los datos se transcriben del comprobante, nunca se calculan. El ITBIS que se reporta es el que está impreso en la factura — no «el 18% del monto». Si el comprobante dice otra cosa, manda el comprobante.
¿Quién debe enviarla y cuándo?
- Quién: los contribuyentes declarantes — personas jurídicas y personas físicas con negocio — que reportan sus operaciones a la DGII. Si usted declara ITBIS o Impuesto Sobre la Renta con gastos deducibles, la 606 le toca.
- Cuándo: dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al período reportado. Las compras de junio, por ejemplo, se remiten a más tardar el 15 de julio.
- ¿Y si no hubo compras? Se remite igual, en cero. La obligación es de informar, haya o no operaciones en el mes.
Para no depender de la memoria, nuestro calendario fiscal DGII le muestra todas las fechas límite del año en un solo lugar.
La estructura del 606, campo por campo
Cada línea del reporte es un comprobante, y de cada uno se informa en esencia:
- RNC o cédula del suplidor y el tipo de identificación: RNC si tiene 9 dígitos, cédula si tiene 11. Ese conteo no es un detalle — clasifica el registro.
- Tipo de bienes o servicios comprados: un código del 01 al 11 (la tabla completa está abajo).
- NCF del comprobante y, si la línea corresponde a una nota de crédito o débito, el NCF modificado (el comprobante original que afecta).
- Fechas: la del comprobante y, cuando aplica, la del pago.
- Montos: el monto facturado en servicios, el monto en bienes, el total, el ITBIS facturado y — si usted retuvo — el ITBIS o la renta retenida, tal como consta en los documentos.
| Código | Tipo de Bienes o Servicios |
|---|---|
| 01 | Gastos de personal |
| 02 | Gastos por trabajos, suministros y servicios |
| 03 | Arrendamientos |
| 04 | Gastos de activos fijos |
| 05 | Gastos de representación |
| 06 | Otras deducciones admitidas |
| 07 | Gastos financieros |
| 08 | Gastos extraordinarios |
| 09 | Compras y gastos que formarán parte del costo de venta |
| 10 | Adquisiciones de activos |
| 11 | Gastos de seguros |
La clasificación importa: no es lo mismo un gasto financiero que una compra que forma parte del costo de venta, y la DGII cruza estas categorías con sus declaraciones. Ante la duda, pregunte a su contador — clasificar «a ojo» es sembrar un problema para diciembre.
Los errores que hacen que la DGII la rechace
- RNC con un dígito errado. El RNC tiene un dígito verificador; un número mal digitado falla la validación y tumba el envío. (Puede comprobar cualquier RNC o NCF en nuestro verificador gratuito.)
- NCF mal formado. La estructura es fija — serie, tipo y secuencia — y un carácter de más o de menos invalida la línea. Los e-CF (serie E) tienen su propia estructura, más larga que la de los NCF tradicionales.
- Comprobantes fuera del período. Cada 606 reporta un mes; una factura de mayo dentro del archivo de junio genera inconsistencias que después hay que rectificar.
- ITBIS calculado en vez de transcrito. Si la factura tiene productos exentos o tasas distintas, «el 18% del total» no cuadra con el comprobante — y esa diferencia aparece cuando la DGII cruza su 606 con la 607 del suplidor.
- Líneas duplicadas o NCF repetidos, típicos de armar el archivo a mano desde fotos, correos y carpetas distintas.
Cómo remitirla en la Oficina Virtual
- Prepare el archivo del período con la herramienta oficial de la DGII (una plantilla que valida y genera el archivo de envío) o con su software de gestión.
- Entre a la Oficina Virtual (oficinavirtual.dgii.gov.do) con su RNC y su clave.
- Busque la opción de envío de datos y seleccione el Formato 606 con el período correspondiente.
- Cargue el archivo y valide. Si hay errores, el sistema los indica — corríjalos en su archivo y vuelva a cargar.
- Confirme el envío y guarde su constancia. Ese número de recepción es su respaldo de que remitió a tiempo.
O deje que el sistema la genere en un clic
Todo lo anterior supone que alguien — usted o su contador — pasó el mes digitando facturas. Hay otra manera: con el módulo de Gastos de Trinitaria Digital, usted fotografía el comprobante y la IA extrae el NCF, el RNC y el ITBIS tal como están impresos, valida el formato contra las reglas de la DGII y deja cada gasto clasificado. Lo dudoso pasa por revisión humana antes de tocar su reporte. Al cierre del mes, la 606 se exporta en un clic, en el formato exacto que la Oficina Virtual espera. Los precios, por módulo y en pesos, están en la página de precios.
Preguntas frecuentes sobre el 606
Sí. La obligación es informativa y mensual: si no hubo operaciones, se remite el formato en cero dentro del mismo plazo. No enviarla cuenta como incumplimiento de un deber formal, aunque el mes haya estado vacío.
Sí. Si detecta un error después de remitirla, puede gestionar una rectificación del período a través de la Oficina Virtual. Lo importante es corregir usted antes de que el cruce de información de la DGII lo detecte por su cuenta — una inconsistencia encontrada por usted es un trámite; encontrada por la DGII, puede ser un requerimiento.
No. La 606 es un reporte informativo de sus compras; el IT-1 es la declaración jurada mensual del ITBIS, donde usted liquida el impuesto. Pero están amarrados: el ITBIS que usted deduce en el IT-1 debe estar sustentado en la 606. Si no cuadran, la DGII lo va a notar.
En la 606 se reportan comprobantes fiscales válidos. Una compra sin NCF no le sirve para deducir gastos ni ITBIS. Si su suplidor es informal y no emite comprobantes, existe una figura específica — el comprobante de compras (B11/E41) que emite usted — pero tiene reglas propias: convérselo con su contador antes de usarla.